VISTO:
Que mediante decreto Nº 6213/20 se aumentó el costo del Estacionamiento Medido en un 100%.
; y
CONSIDERANDO:
Que la Ordenanza Nº 8942/17 se delega a faculta de Modificar la Tarifa del Sistema de Estacionamiento Medido propia del Concejo Municipal al DEM.
Que dicha ordenanza establece una actualización automática de los tributos municipales el cual quedó plasmado de la siguiente manera en su que dice: Art.5º.- “El costo del estacionamiento medido se fija en pesos diez, ($ 10.-), la hora y se actualizará de acuerdo a la variación salarial del personal municipal, valor que el Departamento Ejecutivo tomará como referencia para automatizar las actualizaciones del costo de la hora de Estacionamiento Medido y Tarifado. Para el cálculo del costo mencionado se considerará un ajuste por redondeo que tomará como parámetro el valor entero inferior sin centavos.
Para la compra de tiempo de estacionamiento podrá fraccionarse como mínimo 60 minutos, luego podrán sumarse fracciones de por lo menos 15 minutos.
El costo de acarreo y estadía de los vehículos en infracción, serán los que establezcan las ordenanzas vigentes y/o el que surja del efectivo costo de la prestación del servicio”.-
Que durante el año 2020 no se ha dado ninguna variación salarial del personal municipal, por lo cual el DEM no aplicó la potestad delegada mediante la Ordenanza Nº 8942/17, durante los años 2018 y 2019, donde sí hubo aumentos salariales de empleados Municipales y quiere con este decreto realizar un aumento acumulado de más de dos años y en un contexto de crisis económico de toda la sociedad, el cual parece inoportuno.
Que el DEM no ha hecho uso de su facultad, en 3 años desde que se sancionó la ordenanza Nº 8942, por lo que los argumentos aducidos de “agilidad” necesaria por el ejecutivo para acompañar los costos de funcionamiento del estacionamiento medido con los costos de funcionamiento operativos no se han cumplido, por lo que entendemos que la delegación de facultades propias del Concejo Municipal al Intendente no han sido útiles, ni necesarios.
POR TODO ELLO:
EL BLOQUE U.C.R DEL CONCEJO MUNICIPAL DE CAÑADA DE GÓMEZ PRESENTA LA SIGUIENTE
PROYECTO DE ORDENANZA Nº .-
Art.1º.- Modificar el Art. 5º de la Ordenanza Nº 8942/17, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Art.5º.- “El costo del estacionamiento medido se fija en pesos diez, ($ 10.-). Para la compra de tiempo de estacionamiento podrá fraccionarse como mínimo 60 minutos, luego podrán sumarse fracciones de por lo menos 15 minutos.
El costo de acarreo y estadía de los vehículos en infracción, serán los que establezcan las ordenanzas vigentes y/o el que surja del efectivo costo de la prestación del servicio”.-
Art.2º.- La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de su promulgación.-
Art.3º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese y dese al R.M.-
CAÑADA DE GÓMEZ, de 4 Junio de 2020.-


































