Resolución ANMAC 117/2024 – Credenciales digitales EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébense la credencial de legítimo usuario de armas, la credencial de portación de armas y la credencial de tenencia de armas de la
Agencia Nacional de Materiales Controlados en formato digital, las cuales contarán con pleno valor a todos los efectos de lo establecido por la Ley Nº 20.429 y sus modificatorias y normas reglamentarias y complementarias.
ARTÍCULO 3°.- Establecer que las credenciales identificadoras en formato físico continuarán vigentes a todos sus efectos, las cuales serán puestas a disposición del usuario a su requisitoria expresa.
LA TARJETA DE CONSUMO DE MUNICIONES ES EXIGIBLE POR PARTE DE LA POLICÍA?
No, la tarjeta de control de consumo de municiones no es exigible por la policía en Argentina. La tarjeta es un documento interno para el usuario legítimo de armas, que debe presentar junto con la credencial de legítimo usuario y el documento de identidad para la compra y transporte de municiones. La policía puede solicitar la credencial de legítimo usuario y la tenencia o portación del arma, pero no la tarjeta de consumo de municiones.
La tarjeta de control de consumo de municiones es un requisito para la compra de municiones, no para la portación o tenencia del arma. Su función es registrar la cantidad de municiones adquiridas por el usuario legítimo, según los calibres de sus armas registradas ante el Registro Nacional de Armas (RENAR).
En resumen, la policía puede solicitar la documentación que acredita la legalidad de la tenencia y uso del arma (credencial de legítimo usuario, tenencia/portación), pero no la tarjeta de consumo de municiones, ya que esta última es para uso interno del usuario.