En audiencia imputativa del día 12 de marzo de 2025, el Fiscal Dr. Santiago Tosco le atribuyó a E. B. el delito Robo con un arma de
fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada, en carácter consumado y en calidad de autor. La Juez de primera instancia Dr. Campos tuvo por formalizada la audiencia imputativa, haciendo lugar al pedido de la Fiscalía, dictando la prisión preventiva efectiva por el plazo 90 días. Una vez finalizado el plazo la Fiscalía puede pedir la prórroga de la prisión preventiva.
La Fiscalía le atribuye el hecho ocurrido en fecha 25 de febrero de 2025, aproximadamenfe las 16:30hs, mientras la victima se encontraba en las inmediaciones dei domicilio sito en calle Molina al 700 de la localidad de Correa, haberle sustraído a la misma un teléfono celular marca Samsung modelo J2 de coJor negro, habiendo previamenle abordado a la vicitma usando un arma de fuego que le exhibía con el fin de amedrentarla para lograr su cometido; para luego darse a la fuga del luger con al botín sustraído a borde de un motovehículo de color rojo tipo 110cc.